En los últimos años ha ido en aumento la oferta de puestos de trabajo que tienen como característica la posibilidad de desarrollarse fuera de la oficina, ya sea en casa o en el lugar donde el colaborador lo decida; sí, nos referimos al Home Office. Para aterrizar este concepto podemos acudir por ejemplo, a la Ley Federal del Trabajo, que en su artículo 311 define el trabajo a domicilio como “El que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo”.
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